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A continuación le mostramos las últimas noticias y novedades relacionadas con el sector que creemos pueden ser de su interés. Estas noticias han sido seleccionadas por el personal de AsesoresLink.

MODELO 340, aprobado por la ORDEN EHA/3787/2008. DEVOLUCION MENSUAL DEL IVA (5 de enero de 2009)

El pasado día 29 de diciembre fue aprobada la ORDEN EHA/3787/2008, por la que se aprueba el modelo 340 de declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Dispone el artículo 3 de dicha ORDEN que deberán presentar el modelo 340 de Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro, los obligados tributarios que deban presentar autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto General Indirecto Canario por medios telemáticos, y que a su vez opten por el sistema de devolución mensual regulado en el artículo 30 del Reglamento del IVA.

Las operaciones que deben ser incluidas en el modelo 340 son las incluidas en los libros registro del IVA a que se refiere el artículo 62.1 del Reglamento del IVA y las incluidas en los libros registro del IGIC, esto es:

- Operaciones anotadas en el Libro registro de facturas expedidas durante el correspondiente período de declaración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del Reglamento del IVA.

- Operaciones anotadas en el Libro registro de facturas recibidas durante el correspondiente período de declaración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento del IVA.

- Operaciones anotadas en el Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias durante el correspondiente período de declaración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 del Reglamento del IVA.

- Operaciones anotadas en el Libro registro de facturas expedidas durante el correspondiente período de declaración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 182/1992 de la Comunidad Autónoma Canaria.

- Operaciones anotadas en el Libro registro de facturas recibidas durante el correspondiente período de declaración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 182/1992 de la Comunidad Autónoma Canaria.

La declaración informativa con el contenido de los libros registro modelo 340 correspondiente al último período de liquidación del año incluirá, en su caso, las además de las operaciones citadas, las operaciones anotadas en el Libro registro de bienes de inversión durante todo el ejercicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 del Reglamento del IVA.

El modelo 340 se presentará con arreglo a los criterios siguientes:

- Las declaraciones que contengan menos de 5.000.000 registros deberán presentarse por vía telemática a través de Internet.

- Las declaraciones que contengan a partir de 5.000.000 registros deberán presentarse en soporte directamente legible por ordenador, que habrán de ser exclusivamente individuales y cumplir las siguiente características: tipo DVD o DVD+R, capacidad 4,7 GB, siustema de archivos UDF, de una cara y una capa simple.

La presentación de la declaración podrá efectuarla bien el propio declarante o bien un tercero que actúe en su representación.


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