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A continuación le mostramos las últimas noticias y novedades relacionadas con el sector que creemos pueden ser de su interés. Estas noticias han sido seleccionadas por el personal de AsesoresLink.

NUEVO MODELO 303 DE IVA. ORDEN EHA/3786/2008. (7 de enero de 2009)

El pasado 29 de diciembre de 2008 fue publicada la ORDEN EHA/3786/2008, por la que se aprueba el modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Uno de los objetivos fundamentales de la Administración tributaria es reducir, en la medida de lo posible, las cargas administrativas que se derivan del cumplimiento de las obligaciones fiscales. Hasta la fecha actual coexistían un gran número de modelos de autoliquidación del IVA cuyo esquema liquidatorio era muy similar. Se ha considerado así conveniente aprobar un único modelo de autoliquidación que pueda ser utilizado con carácter general por todos los sujetos pasivos del impuesto.

Por otro lado, la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio y se generaliza el sistema de devolución mensual en el IVA, da una nueva redacción al artículo 116 de la Ley 37/1992 del IVA, estableciendo la posibilidad de que los sujetos pasivos que opten por ello, con independencia de la naturaleza de sus operaciones y del volumen de éstas, y de acuerdo con las condiciones, términos, requisitos y procedimiento establecido reglamentariamente, puedan solicitar la devolución del saldo a su favor pendiente al final de cada periodo de liquidación.

Considerando lo mencionado hasta ahora, y con la finalidad de hacer posible la solicitud de devolución del saldo a favor de los sujetos pasivos pendiente al final de cada periodo de liquidación y de facilitar y simplificar el cumplimiento de la obligación de determinar la deuda tributaria, la citada ORDEN aprueba un único modelo 303 de autoliquidación del IVA, que sustituye a los modelos 300, 330, 332 y 320. Este modelo 303 se deberá utilizar por los sujetos pasivos del Impuesto con obligaciones periódicas de autoliquidación, tanto si su periodo de liquidación coincide con el trimestre natural como si coincide con el mes natural. Este modelo no será obligatorio para las personas físicas o entidades que apliquen el Régimen especial simplificado, que deberán seguir presentado el modelo 310.

El nuevo modelo 303 será de presentación obligatoria por Internet para aquellos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. En el supuesto de sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el trimestre natural, la presentación a través de Internet será potestativa, a excepción de las entidades que tengan forma jurídica de sociedad anónima o limitada.

La regulación del nuevo registro de devolución mensual en el IVA y la desaparición del registro de exportadores y otros operadores económicos, exige sustituir la denominación de éste último por el de registro de devolución mensual en la declaración censal modelo 036, a través de la cual se solicitará la inscripción en el nuevo registro.
Como novedad importante a tener en cuenta es que será obligatorio incluir las bases imponibles de IVA soportado.


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